Nuevas reglas para prevenir roedores en la Ciudad
APRA fijó obligaciones de prevención y control para distintos establecimientos y creó un registro obligatorio para las empresas de desratización.
Nuevas obligaciones y un plazo de 45 días
La Agencia de Protección Ambiental (APRA) estableció nuevas medidas para prevenir y controlar la presencia de roedores en la Ciudad. La Resolución N° 282-GCABA-APRA/26 alcanza a propietarios, desarrolladores, constructoras, contratistas y responsables de distintas actividades y establecimientos.
Entre los sectores incluidos figuran obras públicas y privadas, demoliciones, excavaciones y movimientos de suelo; depósitos y centros logísticos; establecimientos gastronómicos y de almacenamiento de alimentos; instituciones educativas y de salud; residencias para personas mayores, estaciones de servicio, estacionamientos subterráneos, estaciones de subte, edificios públicos e inmuebles bajo propiedad horizontal, entre otros.
Los responsables deberán realizar tratamientos preventivos y de control con la periodicidad fijada por APRA y contratar empresas inscriptas en el registro creado por la Ciudad. También tendrán que conservar y exhibir el certificado vigente cuando lo solicite la autoridad competente. El plazo para adecuarse es de 45 días desde la publicación de la resolución.
Registro obligatorio para empresas de desratización
La Resolución N° 281-GCABA-APRA/26 creó la “Nómina de empresas prestadoras de servicios de desratización”. La inscripción será obligatoria para todas las firmas que desarrollen esa actividad en la Ciudad.
Las empresas disponen de 30 días desde la publicación de la resolución para inscribirse. Una vez registradas, deberán emitir una constancia por cada servicio realizado, de acuerdo con los requisitos establecidos por la normativa.
Según APRA, el nuevo esquema busca mejorar la trazabilidad de los tratamientos, contar con información sobre los prestadores y reforzar las herramientas de fiscalización y seguimiento.
Fiscalización en zonas y actividades prioritarias
La agencia informó que reforzará los controles en barrios vulnerables, obras públicas y privadas, demoliciones y excavaciones, además de zonas adyacentes al puerto y la Costanera y el polo gastronómico, entre otros sectores considerados prioritarios.
Las medidas se encuadran en una política de prevención y salud ambiental frente al riesgo asociado a la proliferación de roedores en entornos urbanos. La normativa menciona entre los factores que pueden favorecer su presencia la alta densidad poblacional, la generación de residuos, las redes subterráneas y determinadas condiciones ambientales.
Multas por incumplimiento
La normativa también fija responsabilidades ante la falta de controles. De acuerdo con el artículo 1.3.22 de la Ley 451, los titulares o responsables de establecimientos o inmuebles donde se compruebe la presencia de roedores y no se realicen tareas periódicas de desinfección y desratización pueden recibir multas de entre 100 y 1.400 unidades fijas.
En los inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal, la sanción corresponde al consorcio de propietarios. Las resoluciones también toman como antecedente la Ley Nacional N° 11.843, que establece obligaciones para propietarios, ocupantes de inmuebles y autoridades de edificios públicos respecto del control de roedores.
