Los principales puntos del proyecto: aborto, piedrazos en marchas y violencia de género

El proyecto de nuevo Código Penal aumenta las penas para casos de corrupción, portación de armas, motochorros, narcotraficantes, para los que interrumpan el tránsito y para los que tiren piedras contra las fuerzas de seguridad.

Despenaliza la tenencia de drogas de uso personal en escasa cantidad y mantiene la condena para la mujer que aborte, aunque el juez podrá eximirla de la pena “teniendo en cuenta los motivos que impulsaron a la mujer a cometer el hecho”, dice el proyecto oficial.

Mariano Borinsky, juez de la Cámara Federal de Casación Penal y presidente de la comisión que elaboró el proyecto, resume: “Se incorpora al Código Penal lo establecido en más de 900 leyes, se homogeneizan los tipos penales, se agregan nuevos delitos y se incorporan los fallos que sentaron jurisprudencia de la Corte Suprema y los tratados internacionales”. Por ejemplo, en cuanto a la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad.

De aprobarse el texto tal como figura en el proyecto oficial, se aumentarán las penas para los delitos de corrupción, que pasarán de una escala que va de 1 a 6 años de prisión, hacia otro de 4 a 12 años, en especial para el pago de coimas, soborno transnacional y enriquecimiento ilícito de funcionarios.

De hecho, éste último delito ya no será sólo para los funcionarios públicos, sino también para “todos aquellos sujetos obligados por ley a presentar declaraciones juradas patrimoniales, como por ejemplo los titulares de obras sociales”, dice el proyecto oficial.

“Así las penas por delitos de corrupción deberán ser de cumplimiento efectivo”, aseguró Borinsky

Uno de los temas que más polémicas promete generar el nuevo proyecto de Código Penal es el que lleva hasta tres años las penas para los que arrojan piedras u otros elementos durante una manifestación contra  los “miembros de las fuerzas de seguridad”, según figura en el proyecto. Además se penará a quienes “detengan o entorpezcan la marcha de un medio de transporte” público o privado.

También genera polémica la despenalización de la tenencia de drogas para uso personal, en escasa cantidad y cuando su consumo sea en ámbitos de privacidad. “Tienen que darse las tres condiciones en simultáneo. Esto es por la aplicación del fallo de la Corte Suprema en el caso Arriola, que sentó jurisprudencia”, explica Borinsky. Y amplía ese criterio para el autocultivo de marihuana.

En simultáneo, se aumenta el mínimo de la pena para el tráfico de paco y se elevan hasta 25 años las penas para los cabecillas de las organizaciones internacionales dedicadas al narcotráfico. “El objetivo es combatir el narcotráfico”, dice el titular de la Comisión que elaboró el proyecto oficial.

El Gobierno buscó en este nuevo Código Penal evitar el debate sobre el aborto, así que mantiene la condena de uno a tres años de prisión para la mujer que aborte. Pero agrega un tema nuevo, que establece que el juez puede eximir de esa pena, en función de los motivos que llevaron a la mujer a abortar.

En los casos de violencia de género, el juez está “obligado a imponer una pena dentro del tercio superior de la escala”, plantea Borinsky. En el mismo sentido, el proyecto incorpora el “acoso laboral”, aumenta las penas máximas para el “grooming” y aplica el seguimiento “socio judicial” para delitos como el abuso sexual agravado y aquellos delitos que se cometan en un contexto de violencia de género.

El nuevo Código Penal castiga la “tenencia de pornografía infantil, aunque no sea para comercialización, como rige ahora”, señala Borinsky. Y tipifica la “pornovenganza”, agravándose el delito cuando la víctima sea un menor de edad, haya habido una relación afectiva o los hechos se cometan con fines de lucro.

Respecto al terrorismo, el proyecto incorpora nuevas figuras delictivas, como “asociaciones ilícitas terroristas”, “reclutamiento, adoctrinamiento y entrenamiento de terroristas”. Y eleva todas las escalas penales al doble de la pena cuando algún delito se cometa “con fines terroristas”, llegando a penas de prisión perpetua.

Por último, el proyecto oficial amplía los delitos donde pueden haber “arrepentidos”, incorpora la “extinción de dominio” que el Gobierno decretó con un DNU y tipifica varios delitos contra los barras bravas que actualmente se discuten en el proyecto que el Gobierno envió al Congreso de la Nación.